Panamá 1 de noviembre de 2017.- Recientemente ha sido publicado en Gaceta Oficial, mediante Decreto Ejecutivo 331 del 31 de octubre de 2017, la reglamentación para las plataformas tecnológicas al servicio del transporte para la República de Panamá.
Panamá ha sido y es un país de servicio, lo que genera un gran aporte no solo al Producto Interno Bruto, sino también al desarrollo económico y social del país, posicionando nuestra imagen internacional. En base a los nuevos avances de la tecnología de la información y comunicaciones que han permitido el desarrollo de las plataformas tecnológicas, la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre solicita que esta actividad deba ser reglamentada en el marco de la ley de transporte, con el objeto de proteger a los usuarios, los prestadores del servicio y a la comunidad en general.
La elaboración del Decreto no fue sencilla. Seguimos el principio de subsidiaridad que contempla tanto mercado como sea posible y tanto Estado como sea necesario, pensando siempre en el usuario, pero ejerciendo nuestra función como autoridad.
Entre los debates más profundos estaban el área de cobertura, su forma de pago, y la licencia de los conductores. El Decreto permite que el servicio se brinde en las provincias donde más se promueve el traslado de turistas desde la capital, y donde actualmente trabajan las plataformas, que son: Panamá, Panamá Oeste, Colón y Coclé. El tipo de licencia será la E1, pues es el establecido en la ley sobre el transporte terrestre público de pasajeros y un Decreto no puede estar por encima de esta Ley.
Finalmente, sobre el método de pago, se estableció que debe ser de forma electrónica, pero se otorga un período de gracia de seis meses prorrogables para que se busquen opciones de gestión ante el sistema bancario panameño u otras formas además de uso de tarjeta de crédito, que ayuden al consumidor a pagar por el servicio sin tener que utilizar el efectivo.
A modo que las tendencias modernas se están moviendo en este sentido, este Decreto Ejecutivo nos ayuda a complementar el sistema de transporte en Panamá, el cual para su mejora debe apoyarse no solamente con el plan de movilidad urbana de la administración del Presidente Juan Carlos Varela, sino también brindando herramientas tecnológicas a nuestros transportistas para que se modernicen y brinden un mejor servicio. Prueba de que sí se puede es que Yo Voy Taxi, empresa panameña que posee cupos, ya lo ha implementado. Igualmente la Autoridad de Innovación Gubernamental estará apoyando a la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre para presentar una herramienta que podrán usar los usuarios del transporte selectivo a nivel nacional.
Luego de sendos debates técnicos, establecimos que debíamos dar, como en efecto lo hacemos, el período de 60 días calendario para que las plataformas puedan adecuarse a estos cambios. Se exige seguro comercial, se establece que se publique el costo de los traslados con todos sus variantes y recargos, para la información y protección de los intereses del usuario y su derecho a elegir. Además, la empresa deberá registrar ante la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre las generales de los conductores y los vehículos, para así poder llevar el debido control sobre los mismos.
Esta reglamentación tiene como finalidad ofrecer al usuario el mejor servicio de transporte público buscando que el mismo sea rápido, confiable y eficiente; dando como resultado efectos colaterales positivos como: la modernización, vanguardia, competencia y atracción turística.