Panamá, 13 de agosto de 2026.- Cómo aplicar el derecho a la esperanza en el derecho penitenciario, como principio jurídico y humano que garantiza a toda persona, incluso a las condenadas a cadena perpetua, la posibilidad real y legal de revisar su pena, aspirar a la reinserción social y no sufrir una exclusión vital irrevocable, fue el tema abordado durante un conversatorio dirigido a funcionarios del Ministerio de Gobierno.
Durante el conversatorio, dictado por el profesor, investigador, abogado y escritor ecuatoriano Juan Carlos Riofrío Martínez Villalba, este enfatizó que “no se les puede hacer justicia a las personas negándoles la esperanza”.
Agregó que “si se aplica solamente la ley, llega un momento en que no se consideran las circunstancias particulares del sujeto, por ejemplo, su historia personal. No se pone ningún atenuante por solo aplicar la ley”.
Riofrío dijo que para que haya esperanza hay que cuidar el lenguaje con el que se habla, dedicar tiempo a pensar soluciones ingeniosas, contar con las habilidades y el ingenio de las partes y no interrumpir el diálogo entre todos los sujetos procesales tras la sentencia.
Dijo que la labor de los funcionarios que trabajan en el ámbito penitenciario es dar y ser sembradores de esperanza. “Hay un sentido más humano de todo lo que están haciendo ustedes ahora y hay que buscarlo. No es fácil encontrarlo”.
El secretario General del Mingob, Eduardo Mitre, señaló que el derecho a la esperanza es un cambio de visión compartido, tomando en consideración que una cosa es volver a la sociedad y la otra es estar adentro con la esperanza de poder salir un día, reinsertarse y tener un propósito.
Por su parte, Andrés Urieta, del Instituto Colombo-Panameño de Derecho Procesal y juez del Órgano Judicial, destacó que están convencidos de que la capacitación constante es primordial. Además, que esta sirve para fortalecer la institución y la democracia.

