El Ministerio de Gobierno (Mingob), a través de la Comisión Nacional de los Símbolos de la Nación (Conasina), comunica al país que se debe utilizar de forma correcta los símbolos de la nación, como lo estable la Ley 34 de 1949 en el texto único que refleja las reformas de la Ley 2 de 2012, que adopta como Símbolos de la Nación la Bandera, el Himno y el Escudo y reglamenta su uso.

Que el Decreto Ejecutivo 337 de 22 de diciembre de 2017, que desarrolla el Manual que ordena la Ley, y del artículo 6to de la Ley 41 de 1995, contempla:

  • Que la bandera no debe ser empleada para expresar ideas o conceptos que requieren alterar su diseño y descripción legal porque con ello se incurre en falta que la propia Ley de los Símbolos indica las multas que pueden conllevar.
  • Que el artículo 42 de la Ley de los símbolos establece que quienes consideren se ha cometido una violación, irrespeto, ultraje o mal uso de los símbolos puede y debe denunciarlo a la Alcaldía del lugar donde ocurrió el hecho, en donde, empleando el procedimiento ordinario de la Ley 38 del año 2000, procesarán dicha denuncia hasta determinar si hay o no sanción aplicable.
  • Que la Conasina existe para asesorar y hacer docencia sobre los símbolos, sus usos, sus autores y las restricciones que pudiesen haber, para lo cual, aparte del portal web, puede escribirse a conasina@mingob.gob.pa

En su artículo 4, la Ley señala que la Bandera Nacional, diseñada por don Manuel E. Amador, consiste en un rectángulo cuartelado  así: el primero superior, cerca del asta, de color blanco con una estrella azul de cinco puntas en su centro, orientada hacia arriba; el segundo superior, a continuación del ya descrito, de color rojo; el primero inferior, cerca del asta, de color azul; y el segundo inferior, a continuación de este, de color blanco con una estrella roja de cinco puntas en su centro, orientada hacia arriba.

El artículo 31 enfatiza que se prohíbe incorporar sobre la Bandera, el Escudo y la letra y/o la partitura del Himno Nacional, algún elemento gráfico o heráldico o estos sobre otros elementos. Ni la ley ni el Manual autorizan a desfigurar la bandera dándole formas, colores o significados contrarios a los de sus autores.

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