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Panamá como Nación aún enfrenta distintos conflictos que han sido parte de nuestra historia; desde nuestro nacimiento como república en 1903. Sin embargo, hemos sido un ejemplo de dialogo y buenas políticas internacionales, al haber logrado resolver aquellos conflictos más determinantes, de forma pacífica. Esta capacidad y fortaleza, además de generarnos orgullo, debe ser la norma mediante la cual regulamos nuestras relaciones internas. Por lo tanto, es esencial que los mecanismos e instituciones encargadas de velar por el mantenimiento de esta cualidad, sean a su vez ejemplar de dialogo y resolución de conflictos de forma efectiva, equitativa, justa y pacífica.

La Justicia Comunitaria de Paz tiene como principios esenciales la eficacia y la equidad, lo cual refleja su cohesión con aquellos valores que nos caracterizan como nación y que debemos respetar para conseguir impulsarnos al crecimiento conjunto. Esta nueva institución empleará herramientas como la mediación y la conciliación para establecer dialogo y buscar que, aquellos conflictos que se generen entre miembros de la comunidad, se resuelvan de manera pacífica, pronta y justa. Esto debe ser así, puesto que de la misma forma en que la familia es el núcleo de la sociedad, la convivencia comunitaria es la base del progreso del Estado.

Por otro lado, el Juez de Paz se puede definir como “la autoridad encargada de prevenir y sancionar las conductas y actos que alteren la paz y la convivencia pacífica” conforme lo establece la Ley 16 de 17 de junio de 2016. De esta definición se puede substraer la noción que esta figura tiene como principal objetivo, promover la paz y la convivencia en una comunidad. Siendo esto relevante por el alcance que tendrán las actuaciones de este. Por ejemplo, a modo comparativo, el sistema que operaba previamente a la implementación de esta Ley, la Justicia Administrativa de Policía, se caracterizaba por el formalismo y el positivismo jurídico; teniendo como fin sancionar y reprimir conductas contrarias al orden público. Actualmente, la Justicia Comunitaria de Paz tiene como principio la informalidad y la oralidad con el objetivo de convertir la justicia en un fin accesible a todos los panameños, y buscar soluciones más duraderas que las sanciones.

En atención a lo expuesto anteriormente, es preciso establecer que una de las herramientas fundamentales que se emplearán, para garantizar que estos objetivos se materialicen, es la transparencia que prometen las Casas de Justicia Comunitaria, en todos sus procedimientos. Además, la selección de los Jueces de Paz y Mediadores Comunitarios, protagonistas de este nuevo sistema, se basará en méritos y competitividad, en la falta de intereses políticos errados y en la vocación. Todo esto debido a que el periodo de tiempo en el que ejercerá un Juez de Paz será de diez años.

Habiendo revisado esta figura, se puede concluir que la implementación de la Justicia Comunitaria de Paz, en el día de hoy 2 de enero de 2018, introduce avances y mejoras en las vías en las que se protege la paz dentro de nuestro país.

Ministro de Gobierno Encargado, Carlos E. Rubio