Representantes de Municipios en cierre de jornada sobre Justicia de Paz

Panamá 7 de abril de 2017.- Con la presentación de la propuesta de diseño para el funcionamiento de las Casas de Paz a los representantes de Municipios, este viernes concluyó la jornada de trabajo realizada por el Ministerio de Gobierno en conjunto con el Fondo Chile, sobre la Ley 16 de 17 de junio de 2016 que instituye la Justicia Comunitaria de Paz y dicta disposiciones sobre Mediación y Conciliación Comunitaria.

El objetivo de esta presentación a los representantes de Municipios es recibir insumos para fortalecer la propuesta elaborada por los consultores del Fondo Chile, evaluando qué procesos y qué elementos se requieren incorporar a nivel más operativo para lograr los resultados que la Ley espera.

Los consultores recomendaron que aunque la Ley no lo tenga descrito, haya una persona que pueda evaluar si el caso requiere o no mediación, si hay que remitirlo al juez, o si hay que remitirlo a otra institución. También se sugiere dar seguimiento a los casos una vez el juez de paz falla, o el mediador logra que las partes lleguen a un acuerdo.

Por su parte, los representantes de Municipios hicieron sus aportes para contribuir con el documento final de diseño para la implementación de la Ley de Justicia Comunitaria de Paz.

Karla Pinder, asesora del MinGob, indicó que las recomendaciones realizadas por el Fondo Chile deben servir para tener claro cuál es la justicia de paz que se quiere, y también para fortalecer nuestro propio proceso.

En tanto, Martín Morales, abogado de la Unidad de Coordinación y Estudio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Chile, dijo que la propuesta final debe entregarse durante el mes de agosto con un manual de cargos, además de los perfiles que permitan establecer —dentro de un modelo de gestión por competencia— cuáles son las características que deben tener cada una de las personas que desempeñen los roles dentro de las Casas de Paz.

Adicionalmente, se entregarán protocolos para la recepción de las personas, realización de la evaluación y la atención de casos urgentes.  Igualmente se han de proporcionar observaciones a la Ley en cuanto a las inconsistencias que pueda tener y afectar el derecho al acceso a la justicia y el libre proceso.

Publicado por Katherine Palacio/Fotos: Virgilio Beluche

 

 

 

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