El Ministerio de Gobierno (Mingob), aclara que debido a la circulación de la lista de rebaja de pena que fue publicada el pasado 24 de diciembre del presente año, el término que se está utilizando de indulto, es totalmente impreciso. Nosotros no hemos otorgado indultos por materia de delitos políticos.
La lista publicada es de rebaja de pena por delitos comunes que dentro del Sistema han cumplido con los fines de la pena.
Los beneficiados han mostrado buena conducta, han respetado las reglas, se han incluido dentro de programas productivos, ya sea de estudio o trabajo y han mostrado que tienen capacidad para su legalización nuevamente en la sociedad.
Es importante señalar que para el Sistema Penitenciario no existen disminuciones dentro de la persona que está cumpliendo su condena. Todos son privados de libertad, que mantienen los mismos derechos y las mismas obligaciones como mandato de la Ley, que es proteger y garantizar el resto de los derechos que se mantienen vigentes en todo momento para la persona privada de libertad.
La rebaja de pena reduce el tiempo de una condena, bajo ciertas condiciones como buena conducta y edad, mientras que el indulto es una gracia presidencial que permite a una persona quedar exenta de algunas o todas las consecuencias legales derivadas de una condena penal.

