Fuente: Katherine Palacio/ Foto: Marky Pérez
Panamá 22 de marzo de 2016. El pleno de la Asamblea Nacional de Diputados aprobó este lunes en segundo debate el proyecto de Ley que implementa la Justicia Comunitaria, el cual fue presentado por el ministro de Gobierno, Milton Henríquez en abril de 2015.
El proyecto propone una justicia rápida, gratuita, informal, basada en principios de equidad, oralidad, transparencia, rendición de cuentas, eficacia, independencia y de diversidad cultural. Tiene como objetivo regular la justicia comunitaria y la aplicación de los métodos de solución de conflictos en Panamá, de forma que se promueva la solución efectiva de las controversias comunitarias y la convivencia pacífica.
El titular de Gobierno, Milton Henríquez destacó que la aprobación en segundo debate se dio con modificaciones que mejoraron notablemente el proyecto que crea la Justicia Comunitaria de Paz, y que desarrolla instituciones que nos acerca a un sistema más moderno y más respetuoso de los derechos humanos al mismo tiempo que busca a través de la mediación se puedan resolver los conflictos sin tener que llevarlos a procesos judiciales.
“Es un avance para nuestra legislación y espero que se le pueda dar próximamente aprobación en tercer debate para que se pueda sancionar en el período que establece la Ley y tengamos entonces una Ley moderna para la justicia de paz que elimine una figura anacrónica propia de la época colonial como son los corregidores, por tanto mejoremos la armonía, la solución de conflictos, y mejoremos la convivencia entre todos los panameños y panameñas” indicó el ministro Henríquez.
Henríquez explicó que inicialmente los jueces de paz van a utilizar el presupuesto que antes se destinaba para los corregidores y cualquier otro subsidio necesario para su funcionamiento, en virtud de la Ley se canalizará a través de los fondos del Gobierno Central que la Secretaría de Descentralización transfiere a los municipios y entonces estos sufragaran el funcionamiento de este servicio de justicia.
El proyecto tuvo modificaciones respecto al nombramiento de los jueces de paz donde se da la decisión final al Concejo Municipal y el nombramiento lo formaliza el alcalde de distrito. Se mantiene un comité integrado por representantes del Concejo Municipal y la comunidad que deben hacer una selección de tres nombres para luego ser sometidos en el Concejo. En el acuerdo original se había acordado con los alcaldes, que ellos designarían esta terna.
